Imagen de Google Jackets

El Contrato de Fianza / Jorge Eugenio Castañeda

Por: Tipo de material: TextoTextoIdioma: es346 Detalles de publicación: Lima : Talleres Gráficos de la Tip. "El Ferrocarril" 1965.Descripción: 121 páginasTema(s): Clasificación CDD:
  • 346 E95
Contenidos:
Generalidades. Su definición. Contrato accesorio. Transmisibilidad de la fianza. Necesidad de la existencia de una obligación principal. ¿Pueden dar fianza las personas jurídicas?. Sus clases. La fianza puede ser simple o solidaria. Fianza civil y comercial. La fianza podrá ser limitada o ilimitada. La fianza comprende los accesorios. Obligación de constituir fianza. Forma del contrato. Es la fianza una obligación accesoria y subsidiaria. Fianza por obligaciones aún no existentes. La subfianza. Fianza que existe no obstante no existir obligación principal. La figura del fiador real. Fianza de obligaciones naturales. Obligación de dar un fiador. Fianzas procesales. La fianza en el contrato de locación-conducción. La mujer casada no puede prestar fianza por obligaciones personales del marido. ¿Cuál es la responsabilidad del fiador. En la confianza existe el beneficio de división no obstante su supresión. Quien se obliga como fiador tiene el beneficio de excusión. Efectos de la excusión entre acreedor y fiador. La excusión exige que el fiador indique al acreedor patrimonio realizable del deudor. Los fiadores judiciales carecen del beneficio de excusión. Responsabilidad del acreedor culpable de no ejecutar al deudor fiado. Efectos en las relaciones entre fiador y deudor. Efectos de la fianza entre los cofiadores. El fiador que pagó tiene dos acciones contra el deudor fiado. Exoneración de responsabilidad del fiador. Exoneración del fiador a término debido a la negligencia del acreedor en cobrar. Exoneración del fiador por tiempo indeterminado que requició al acreedor a que cobrara y éste resultó negligente. No se libera el fiador si el acreedor rechaza el pago anticipado que hace el deudor. Derecho del fiador a oponer excepciones. Excepción de no subrogación. Excepciones que puede deducir el fiador contra el acreedor. Caso en que el deudor principal puede deducir contra el fiador las excepciones que tenía contra el acreedor. Liberación de los fiadores en caso de que por culpa del acreedor no queden subrogados. El contrato de fianza comercial. El aval es una garantía mercantil distinta de la fianza. Extinción de la fianza. Extinción parcial de la fianza. Casos de extinción de la fianza. Efectos que produce la extinción de la obligación principal. ¿La fianza se extingue por prescripción?.
Etiquetas de esta biblioteca: No hay etiquetas de esta biblioteca para este título. Ingresar para agregar etiquetas.
Valoración
    Valoración media: 0.0 (0 votos)
Existencias
Tipo de ítem Biblioteca actual Biblioteca de origen Signatura topográfica Copia número Estado Notas Fecha de vencimiento Código de barras
Libro Libro Biblioteca Central - CU General Stacks Biblioteca Central - CU 346 E95 1 Disponible 27-05-2024 07-008597

Bibliografía: Página 2

Generalidades. Su definición. Contrato accesorio. Transmisibilidad de la fianza. Necesidad de la existencia de una obligación principal. ¿Pueden dar fianza las personas jurídicas?. Sus clases. La fianza puede ser simple o solidaria. Fianza civil y comercial. La fianza podrá ser limitada o ilimitada. La fianza comprende los accesorios. Obligación de constituir fianza. Forma del contrato. Es la fianza una obligación accesoria y subsidiaria. Fianza por obligaciones aún no existentes. La subfianza. Fianza que existe no obstante no existir obligación principal. La figura del fiador real. Fianza de obligaciones naturales. Obligación de dar un fiador. Fianzas procesales. La fianza en el contrato de locación-conducción. La mujer casada no puede prestar fianza por obligaciones personales del marido. ¿Cuál es la responsabilidad del fiador. En la confianza existe el beneficio de división no obstante su supresión. Quien se obliga como fiador tiene el beneficio de excusión. Efectos de la excusión entre acreedor y fiador. La excusión exige que el fiador indique al acreedor patrimonio realizable del deudor. Los fiadores judiciales carecen del beneficio de excusión. Responsabilidad del acreedor culpable de no ejecutar al deudor fiado. Efectos en las relaciones entre fiador y deudor. Efectos de la fianza entre los cofiadores. El fiador que pagó tiene dos acciones contra el deudor fiado. Exoneración de responsabilidad del fiador. Exoneración del fiador a término debido a la negligencia del acreedor en cobrar. Exoneración del fiador por tiempo indeterminado que requició al acreedor a que cobrara y éste resultó negligente. No se libera el fiador si el acreedor rechaza el pago anticipado que hace el deudor. Derecho del fiador a oponer excepciones. Excepción de no subrogación. Excepciones que puede deducir el fiador contra el acreedor. Caso en que el deudor principal puede deducir contra el fiador las excepciones que tenía contra el acreedor. Liberación de los fiadores en caso de que por culpa del acreedor no queden subrogados. El contrato de fianza comercial. El aval es una garantía mercantil distinta de la fianza. Extinción de la fianza. Extinción parcial de la fianza. Casos de extinción de la fianza. Efectos que produce la extinción de la obligación principal. ¿La fianza se extingue por prescripción?.

No hay comentarios en este titulo.

para colocar un comentario.

Con tecnología Koha